En detalle, el acuerdo entre La Bancaria y las cámaras para reglamentar el teletrabajo

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El entendimiento hace especial hincapié en el derecho a la desconexión, el límite de la jornada laboral y las tareas de cuidado.

Foto: Prensa Sergio Palazzo

La Asociación Bancaria (AB) y las cuatro cámaras de la actividad alcanzaron un acuerdo "parcial y provisorio" en el Ministerio de Trabajo respecto a la reglamentación del teletrabajo para el sector en el contexto de la pandemia de Covid-19.

El entendimiento hace hincapié en el derecho a la desconexión, el límite de la jornada laboral y las tareas de cuidado.

"Se dio un nuevo paso positivo. El gremio y las cámaras acordaron parcial y provisoriamente la reglamentación de la Ley 27.555, mientras continúan las tratativas para su definitiva adecuación en el contexto del convenio colectivo 18/75", sostuvo el sindicato que encabeza Sergio Palazzo a través de un comunicado.

Las disposiciones, que serán revisadas cada cuatro meses ante situaciones "imposibles de prever en este momento", contemplan que las prestaciones laborales del personal obligado a realizar tareas desde el hogar de forma total o parcial por la pandemia "se acoten al tiempo de vigencia de las medidas sanitarias oficiales". 

En ese marco, se ratificó la vigencia de la jornada de trabajo de 7.30 horas diarias, con una pausa para refrigerio de 45 minutos. En tanto que para la rama de call centers, la jornada de trabajo es de hasta 6 horas diarias con sus respectivos descansos.

Las y los trabajadores poseen derecho a "no ser contactados, por lo que el empleador no podrá exigirles tareas ni que se conecten a los dispositivos digitales y/o tecnologías de la información y comunicación fuera de sus horarios y durante los períodos de licencias, a fin de garantizar el debido tiempo de descanso y/o alimentación".

Tras cumplirse la jornada de trabajo, toda comunicación efectuada por el empleador no será considerada como notificada, por lo que  el personal "no estará obligado a responder hasta el inicio de la siguiente jornada". Tampoco podrán determinarse "incentivos o remuneraciones variables condicionados al no ejercicio de ese derecho del empleado a la desconexión".

Además, el acuerdo determinó que los trabajadores y trabajadoras que ejerzan el derecho al cuidado de menores de hasta 13 años, personas con discapacidad o adultas mayores que convivan con ellos y que requieran específica asistencia, deberán informar al empleador esa situación en cuanto tengan la necesidad.

Quienes acrediten ello podrán acordar con la entidad horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y, en caso de interrupción, tendrán que indicar su inicio y finalización. En todos los casos se deberá cumplimentar la totalidad de la jornada laboral.

Cabe marcar que no podrán establecerse incentivos o remuneraciones variables condicionados al no ejercicio de ese derecho, en tanto los empleadores y el personal deberán velar por "un uso equitativo en términos de género y promover la participación de los varones en las tareas de cuidado" de las personas necesitadas, señaló el acuerdo.


Discusiones pendientes

La Bancaria y las cámaras poseen aún discusiones pendientes sobre la aplicación del teletrabajo, por lo que la cartera laboral convocó a nueva audiencia para el 8 de julio a las 10 horas de manera virtual.

Además, este martes las partes celebrará una audiencia para analizar la revisión paritaria.

Fuente: Télam


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